Pregunta de nuestro lector: Hola, les escribo porque acabo de hacer la declaración de la renta y cuál ha sido mi sorpresa, me ha saltado a pagar. No me esperaba esa resolución de la declaración de la renta y al no poder afrontar el pago no sé qué hacer. Me gustaría mucho que me diesen una posible solución para poder pagar y así evitar problemas con hacienda.

Me falta dinero para pagar la declaración de la renta

¿Qué hacer cuando no se puede pagar a hacienda?

Tú caso es más normal de lo que parece. Muchas personas hacen la declaración pensando que no tienen que pagar o incluso van a recibir dinero y se llevan la sorpresa desagradable de que la resolución final es a pagar. Pero aquí estoy para ayudarte y te voy a mostrar las diferentes opciones por las que puedes optar para pagar a hacienda y evitar que te cobre intereses por una demora en los pagos. En este caso puedes optar por tres opciones. Tienes que estudiarlas a fondo y quedarte con la opción que mejor encaje con tus necesidades.

Fraccionar el pago: es una de las opciones más recomendadas para la gran mayoría de personas. Es una opción realmente interesante si tienes algo de liquidez. El sistema es el siguiente, dentro del primer pago pagas el 60% de la deuda pendiente con hacienda y el resto, es decir, el 40% lo pagas en un segundo pago, el cual suele realizarse más o menos por el mes de noviembre. El pago dependerá del año, pero más o menos es durante esa fecha.

Aplazamiento: es otra opción que está a disposición del declarante. Es una opción que se puede usar y se debe usar en muchos casos cuando no se puede hacer frente al primer pago del 60%. En este caso, se puede solicitar un aplazamiento de la deuda, aunque como puedes imaginar, ese aplazamiento siempre va vinculado a unos intereses y se deberán cumplir una serie de requisitos.  Para poder acceder a esta modalidad de pago, el interesado tiene que llegar a un acuerdo con la Agencia Tributaria. En ese caso siempre se pide que se demuestren los motivos por los que se pide el aplazamiento. Si finalmente el aplazamiento tiene éxito, es el momento de que la Agencia tributaria muestre un calendario de devolución de la deuda. Normalmente, por el retraso se suele cobrar un interés del 5%. En el caso de impago según el calendario establecido, la Agencia Tributaria puede cobrar mayores intereses al contribuyente. Para hacerlo creará un procedimiento de pago por vía de apremio. No es para nada rentable entrar en esta situación. Comento esto porque se cobra un recargo mínimo del 20% y en ocasiones puede llegar a ser de hasta el 35%. Por este motivo, a la hora de llegar a un acuerdo entre ambas partes, siempre hay que estar seguros de que se va a poder devolver el dinero a tiempo. El aplazamiento se puede solicitar por internet o de manera presencial.

Préstamo: si por cualquier motivo ninguna de las dos fórmulas anteriores se adapta a tus necesidades, siempre te queda la opción de solicitar un préstamo para pagar los impuestos. Hay préstamos especializados, te invito a compararlos para quedarte siempre con la opción que más te beneficie. Siempre tienes que fijarte en la Tae final del préstamo y sobre todo en las cuotas mensuales. Por supuesto, no te debes endeudar demasiado o podrás tener problemas a la hora de hacer frente al préstamo. Incluso hay bancos que ofrecen este tipo de financiación sin intereses si se tiene domiciliada la nómina o los ingresos y pagos en el caso de los autónomos o pymes.

Ahora solo te queda ver que opción encaja mejor con tus necesidades económicas, recordando que es mejor llegar a un pacto con hacienda que dejarlo atrasado.

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Vicente Fleites Vicente Fleites(LinkedIn)
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